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Vacunas obligatorias
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Inmunizaciones (vacunas) obligatorias
Los estudiantes que se inscriban en el Distrito Escolar Independiente de Dallas por primera vez deben presentar pruebas de las vacunas que son obligatorias. Se requiere que registros oficiales de un médico o clínica de salud demuestren las vacunas actuales del estudiante. Debe haberse puesto todas las vacunas antes del primer día de clases. La ley exige que los estudiantes estén completamente vacunados contra las enfermedades indicadas. Vea las notas al final de la sección para más información sobre otras disposiciones o excepciones.
Para prevenir brotes de enfermedades y proteger la salud de los estudiantes, es fundamental cumplir con los requisitos de vacunación, los cuales son determinados por la legislatura estatal y establecidos por el Departamento de Servicios de Salud del Estado de Texas (DSHS), en conjunto con la Agencia de Educación de Texas (TEA). Esta lista resume las vacunas obligatorias que deben recibirse antes del primer día de asistir a clases. Vea las notas al final para otras disposiciones o excepciones.
- Vacuna contra Difteria-Tétanos-Tos ferina/Tétanos-Difteria-Acelular-Tos ferina:
- Los estudiantes que comenzaron la serie antes de los 7 años de edad - cinco dosis, con una después del cuarto cumpleaños, a menos que la cuarta dosis se haya recibido después del cuarto cumpleaños, en cuyo caso sólo se requieren cuatro dosis.
- Estudiantes que comenzaron la serie después de los 7 años - tres dosis de difteria y tétanos. Una de las dosis debe ser Tdap.
- Estudiantes de 7º grado - una dosis de Tdap si han pasado cinco años desde la última dosis de la vacuna contra el tétanos.
- Estudiantes de 8º a 12º grado - una dosis de refuerzo de Tdap o Td si han pasado 10 años desde la última dosis.
- Poliomielitis (hasta los 18 años):
- Cuatro dosis con una dosis en o después del cuarto cumpleaños.
- Tres dosis son suficientes para cumplir los requisitos si la tercera dosis es administrada en o después del cuarto cumpleaños.
- Sarampión, paperas y rubéola (MMR): *
- Dos dosis en o después del primer cumpleaños para los estudiantes de Pre-K a 12º grado.
- Una dosis en o después del primer cumpleaños comenzando para los estudiantes menores de 4 años.
- Los estudiantes que fueron vacunados antes del 2009 necesitan tener una dosis de MMR y una dosis de sarampión después del primer cumpleaños para cumplir con los requisitos.
- Influenza de hemofilia Tipo B*: (estudiantes de hasta 4 años):
- Tres dosis con una dosis después de los 12 meses de edad.
- Cumple con los requisitos con dos dosis si la primera fue administrada entre los 12 y 14 meses de edad.
- Cumple con los requisitos con una dosis si se le administró entre 15 y 59 meses de edad.
- Hepatitis B*:
- Tres dosis.
- Para los estudiantes de 11 a 15 años, 2 dosis cumple con el requisito si la vacuna contra la hepatitis B para adultos es Recombivax® 10 mcg/1.0mL la cual debe estar claramente documentada.
- Varicela (Chicken Pox)*:
- Dos dosis recibidas en o después de su primer cumpleaños para los estudiantes que entren a Pre-K hasta doceavo grado.
- Se acepta el historial de la enfermedad de varicela documentado por una declaración escrita del padre/tutor legal, médico o enfermera de la escuela en lugar de todas las dosis requeridas de la vacuna contra la varicela.
- Neumococo: (entre los 24 y 59 meses de edad):
- Tres dosis con una dosis en o después de 12 meses de edad.
- Dos dosis son suficientes si ambas fueron administradas después de los 12 meses de edad.
- Una dosis es suficiente si se le administró en o después de 24 meses de edad.
- Hepatitis A:
- Se requieren dos dosis para los estudiantes de Pre-K a doceavo grado con la primera dosis recibida en o después del primer cumpleaños.
- Meningocócica: (de 7º a 12º grado)
- Se requiere una dosis de la vacuna antimeningocócica conjugada tetravalente en o después del 11º cumpleaños del estudiante. Recibir la vacuna a los 10 años cumple con el requisito.
- Se recomienda un refuerzo entre los 16 y 18 años.
*En lugar de la vacuna, se puede aceptar información serológica de inmunidad al sarampión, paperas, rubeola, hepatitis B, hepatitis A o varicela
Vacunas recomendadas (consulte a su médico):
- VACUNA DE PAPILOMA VIRUS HUMANO - Primera dosis a los 11 o 12 años. Dos o tres series de dosis dependiendo a qué edad recibió la primera. La vacuna puede ser administrada hasta los 26 años.
- VACUNA CONTRA LA INFLUENZA - Vacunación anual para todos los niños de 6 meses o mayores sin contraindicaciones o precauciones.
- VACUNA MENINGOCÓCICA TIPO B: Serie de dos dosis entre los 16 y 23 años
NOTA 1: La inscripción provisional de 30 días sólo está disponible para los siguientes grupos de estudiantes.
- Estudiantes que se transfieren de una escuela de Texas a otra escuela de Texas.
- Estudiantes sin hogar, así definidos según la Ley Federal McKinney-Vento 42 U. S. C. Sección 111434a.
- Niños en un hogar temporal que se inscriben a una nueva escuela.
- Dependientes de un miembro activo de las fuerzas armadas que se inscriben en una nueva escuela.
NOTA 2: Se podrá inscribir provisionalmente a un estudiante si tiene un registro de inmunización que indique que ha recibido por lo menos una dosis de cada una de las vacunas especificadas para su edad y requeridas por esta regla. Para permanecer inscrito, el estudiante debe cumplir con las dosis obligatorias siguientes en cada serie de vacunas a tiempo y tan rápido como sea posible, y proporcionar a la escuela evidencia de vacunación aceptable. La enfermera o el administrador de la escuela deberá revisar cada 30 días el historial de inmunización de un estudiante inscrito provisionalmente para asegurarse que siga cumpliendo con las dosis de vacunación requeridas. Si al final del periodo de 30 días un estudiante no ha recibido la dosis de vacunación necesarias, el estudiante no estará cumpliendo con los requisitos y la escuela no podrá permitir que acuda a clases hasta que se ponga la dosis requerida.
NOTA 3: Se pueden conceder exenciones de los requisitos de vacunación por razones médicas o de conciencia. Cada año se requiere una exención médica, firmada por un médico, a menos que el médico indique lo contrario. La exención por razones de conciencia debe presentarse en una declaración jurada proporcionada por el Departamento Estatal de Servicios de Salud de Texas. La exención por razones de conciencia es concedida por dos años. Las exenciones no son reconocidas durante epidemias. Los estudiantes necesitarán ser vacunados o no podrán acudir a clases en caso de una epidemia declarada por el comisionado de salud.
- Vacuna contra Difteria-Tétanos-Tos ferina/Tétanos-Difteria-Acelular-Tos ferina:
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Exenciones, inscripción provisional y documentación
Exenciones
La ley permite que (a) los médicos redacten una declaración en la que declaren que la vacuna o vacunas requeridas serían médicamente dañinas o perjudiciales para la salud y el bienestar del niño o de una persona que vive en el mismo hogar y que (b) los padres o tutores elijan una exención de los requisitos de inmunización por razones de conciencia, incluso creencias religiosas. La ley no permite que los padres o tutores elijan una exención simplemente por inconveniencia (por ejemplo, si se pierde un registro o está incompleto y sería mucha molestia ir con un médico o clínica para corregir el problema). Las escuelas y las guarderías deben mantener una lista actualizada de los estudiantes con exenciones para que se les pueda excluir durante emergencias o epidemias declaradas por el comisario de salud pública.
Encontrará instrucciones para solicitar la declaración jurada de exención oficial que debe ser firmada por los padres o tutores que deseen que su hijo sea eximido por razones de conciencia, incluso creencias religiosas, en www.ImmunizeTexas.com. La declaración jurada de exención original debe completarse y presentarse a la escuela o guardería.
En el caso de los niños que soliciten exenciones debido a motivos médicos, deben presentar una declaración escrita por el médico a la escuela o guardería.
Inscripción provisional
Los estudiantes deben recibir todas las inmunizaciones antes del primer día de asistencia. La ley exige que los estudiantes estén completamente vacunados contra las enfermedades indicadas. Un estudiante se puede inscribir provisionalmente si cuenta con registro de inmunización que indique que ha recibido al menos una dosis de cada vacuna apropiada para la edad específica que exija el criterio. Para seguir inscrito, el estudiante debe completar las dosis posteriores requeridas de cada serie de vacunas conforme al calendario y tan rápidamente como sea médicamente posible y proveer comprobantes suficientes de la vacunación a la escuela. Una enfermera escolar o un administrador escolar revisará el estado de inmunización de un estudiante inscrito provisionalmente cada 30 días para asegurarse de que esté cumpliendo ininterrumpidamente con las dosis de vacunas requeridas. Si al final del periodo de 30 días, un estudiante no ha recibido una dosis adicional de la vacuna, el estudiante no estará cumpliendo con los requisitos y la escuela excluirá al estudiante y no podrá acudir a clases hasta que reciba la dosis requerida.
Documentación
Dado que se usan muchos tipos de registros de inmunización personales, cualquier documento es aceptable si un médico o el personal de salud pública lo ha validado. Debe registrarse el mes, día y año en que se recibió la vacuna en todos los registros de inmunización escolares creados o actualizados después del 1 de septiembre de 1991.